Cómo presentar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (Modelo 100) como autónomo en España
¿Todos los trabajadores autónomos tienen que hacer la declaración de la renta (modelo 100)?
Casi todos los autónomos deben hacer la declaración, salvo aquellos que hayan recibido unos rendimientos durante el año inferiores a 1.000€.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Este año, el plazo de presentación es del 11 de abril al 30 de junio. Por lo general, el plazo está siempre limitado entre principios de abril y finales de junio.
Algunas diferencias entre los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena
No existe la opción de hacer este modelo por teléfono; la AEAT no pone a disposición de los autónomos ningún servicio de asistencia para la preparación del modelo 100 (ni telefónica ni presencial). Esta modalidad solo está disponible para trabajadores por cuenta ajena o pensionistas.
La opción del borrador completo no estará disponible. La AEAT dispondrá de algunos datos, como rendimientos de intereses, bienes inmuebles, etc., pero no tendrá datos sobre la actividad económica desarrollada por el autónomo.
Los ingresos y gastos de la actividad desarrollada por el autónomo deberán ser incorporados manualmente, como resultado de lo anterior.
Factores que influyen en la cantidad a pagar en la declaración
Comunidad autónoma donde reside el autónomo: los tramos del IRPF pueden variar ligeramente en su parte autonómica. También influye en la aplicación de determinadas deducciones o ayudas.
Circunstancias familiares: aquí entran condiciones como deducciones por cuidado de hijos o mayores dependientes, familias numerosas, etc.
Deducción por planes de pensiones (hasta 1.500 €) y donaciones.
Actividad desarrollada: lógicamente, cuanto mayor sea el volumen de ingresos, mayor será el importe a pagar.
Otros tipos de ingresos distintos a la actividad como autónomo: todos los ingresos que provengan de inversiones, dividendos, acciones, etc., se integran en la base del ahorro y tendrán gran influencia en el importe final a pagar.
Cómo hacer la declaración siendo autónomo
Nos vamos a centrar en la confección de la declaración para una persona autónoma en régimen de estimación directa simplificada, que es la modalidad más común y con la que trabajamos en Companio.
En primer lugar, es necesario localizar el apartado D1 de la página 08 del modelo 100. En este apartado se deben rellenar todos los ingresos y gastos anuales de la actividad desarrollada por el autónomo.
Una vez dentro de esta página, se encuentra un apartado llamado "actividades económicas", que contiene cinco subapartados:
Datos identificativos de la actividad
Datos sobre los ingresos de la actividad
Datos sobre los gastos de la actividad
Datos sobre el resultado de la actividad
Datos sobre reducciones aplicables a la actividad
1) Datos identificativos de la actividad
Aquí se incluyen los datos que identifican la actividad económica desarrollada por el autónomo:
Casilla 0165: Automática
Casilla 0166: Seleccionar el grupo de actividad económica
Casilla 0168: Siempre será “estimación directa simplificada”
Casilla 0167: Código IAE de la actividad desarrollada
Casilla 0169: Marcar solo si se optó por declarar ingresos y gastos según fechas de cobro y pago en lugar de las fechas de factura
Casilla 0170: Muy poco usada, solo se marca en situaciones de cesión de derechos de autor
2) Datos sobre los ingresos de la actividad
Como indica el título, aquí se rellenan las casillas relativas a todos los ingresos generados durante el año por la actividad. Todos los importes se consignan en bruto (sin incluir IVA y sin restar IRPF si lo hubiera):
Casilla 0171: Ingresos totales de la actividad desarrollada por el autónomo
Casilla 0172: Contraprestaciones por aplazamiento o fraccionamiento del precio de operaciones realizadas
Casilla 0173: Subvenciones otorgadas para el desarrollo de la actividad
Casilla 0174: Subvenciones para inicio de actividad e inversiones en inmovilizado
Casilla 0175: Autoconsumo de bienes y servicios (usos privados o gratuitos)
Casilla 0176: IVA repercutido no declarado en autoliquidaciones anteriores
Casilla 0177: Variación de existencias (valoradas al precio de compra); si aumentan, se considera ingreso
Casilla 0178: Otros ingresos no derivados de ventas (intereses bancarios, seguros…)
Casilla 0179: Muy poco usada. Solo si se ha vendido un bien amortizado fuera de los límites legales
Casilla 0180: Total de ingresos computables (automática)
3) Gastos deducibles
En este apartado se consignan los gastos deducibles derivados de la actividad, también en importe bruto (sin IVA):
Casilla 0181: Compra de existencias
Casilla 0182: Variación negativa de existencias
Casilla 0183: Otros consumos (embalajes, consumibles…)
Casilla 0184: Sueldos y salarios de trabajadores contratados (nunca el sueldo del propio autónomo)
Casilla 0185: Cuotas de la Seguridad Social a cargo del empleador
Casilla 0186: Cuotas del propio autónomo o mutuas alternativas
Casilla 0187: Indemnizaciones a trabajadores (despidos, jubilaciones anticipadas…)
Casilla 0188: Dietas y gastos de viaje del personal contratado
Casilla 0189: Aportaciones del autónomo a planes de pensiones de empleados
Casilla 0190: Otros costes de personal (formación, prevención de riesgos…)
Casilla 0191: Dietas del autónomo necesarias para la actividad (según límites legales)
Casilla 0192: Alquileres y cánones necesarios para el desarrollo de la actividad
Casilla 0193: Reparaciones y mantenimiento de bienes relacionados con la actividad
Casilla 0194: Suministros (electricidad, agua, internet…) con límites si es en domicilio
Casilla 0198: Otros suministros (por ejemplo, carburante)
Casilla 0199: Servicios de profesionales independientes (asesorías, notarios…)
Casilla 0200: Primas de seguros del autónomo (límite de 500 € por persona de la unidad familiar o 1.500 € si hay discapacidad)
Casilla 0202: Otros servicios exteriores (publicidad, investigación…)
Casilla 0203: Gastos financieros (comisiones, intereses…); solo se incluye la parte de intereses
Casilla 0205: IVA soportado no deducible (solo para autónomos en Recargo de Equivalencia)
Casilla 0206: Otros impuestos deducibles (IBI, impuesto de circulación…)
Casilla 0208: Provisión anual para amortización de inmovilizado material
Casilla 0227: Provisión anual para amortización de inmovilizado intangible
Casilla 0214: Pérdidas por insolvencia de deudores
Casilla 0215: Incentivos por mecenazgo (convenios de colaboración con entidades de interés general)
Casilla 0216: Incentivos por mecenazgo (gastos en actividades de interés general)
Casilla 0217: Otros gastos deducibles no incluidos anteriormente
Casilla 0218: Suma de los gastos (automática)
4) Datos sobre el resultado de la actividad
Una vez se han rellenado ingresos y gastos, se muestran automáticamente los resultados:
Casilla 0220: Total de gastos deducibles (incluye provisiones)
Casilla 0222: Gastos difíciles de justificar (automáticamente 7% del rendimiento, máximo 2.000 € — novedad 2023)
Casilla 0223: Total de gastos deducibles en estimación directa simplificada
Casilla 0224: Rendimiento neto (beneficio o pérdida)
Casilla 0225: Deducción por ingresos generados en más de 2 años o de forma notoriamente irregular
Casilla 0226: Rendimiento neto reducido (ajustado tras aplicar deducción anterior)
5) Datos sobre reducciones aplicables a la actividad
Si el resultado es positivo, se pueden aplicar reducciones:
Casilla 0232: Reducción por ejercicio de actividades económicas dependientes (un solo cliente)
Casilla 0233: Reducción automática si el rendimiento fue menor de 12.000 € (se considera también otro tipo de ingresos)
Casilla 0234: Reducción por inicio de actividad (requiere marcar la casilla 0226)
Casilla 0235: Rendimiento neto reducido total tras aplicar todas las reducciones y ajustes
Actualizado el: 03/06/2025
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